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1. EL TRABAJO EN LABORATORIOS: GENERALIDADES
Como cualquier lugar de trabajo, los laboratorios de biotecnología y de tipo biológico han de reunir unas condiciones, que si bien pueden variar notablemente en función de su finalidad (un laboratorio dedicado a la obtención de antígenos monoclonales difiere de uno destinado a la mejora genética de vegetales y éste, a su vez, es muy distinto de otro en el que se realizan investigaciones microbiológicas), todos ellos deben estar acordes con lo dispuesto en el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
Para definir las distintas condiciones ambientales que los laboratorios de biotecnología y de tipo biológico deben reunir conforme a lo establecido en las disposiciones legales vigentes, se han tenido en cuenta las actividades que se realizan en dichas dependencias de la UPV, sobre la base documental de las actuaciones llevadas a cabo por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la UPV, con el apoyo de las visitas realizadas a las diferentes instalaciones. A este respecto, se pueden considerar las siguientes actividades laborales:
  • Tareas docentes y de administración
  • Trabajos de investigación propiamente dichos, incluyendo las operaciones preparatorias previas, mantenimiento de equipos, etc.
Seguidamente, pasamos a describir algunos de los aspectos a tener en cuenta en lo concerniente a orden y limpieza, espacios de trabajo, ventilación, iluminación, etc., resaltando los matices más relevantes.
1.1 Orden y limpieza
Ambos factores deben ser consustanciales con el trabajo, porque un laboratorio limpio y ordenado significa disponer de lo necesario y en condiciones óptimas para desarrollar cualquier actividad en todo momento.
A continuación presentamos algunas directrices generales para mantener limpia y ordenada el área de trabajo en el laboratorio.
  • No sobrecargar las estanterías y zonas de almacenamiento.
  • Mantener siempre limpias, libres de obstáculos y debidamente señalizadas las escaleras y zonas de paso.
  • No bloquear los extintores, mangueras y elementos de lucha contra incendios con cajas o mobiliario.
  • No dejar botellas, garrafas y objetos en general tirados por el suelo y evitar que se derramen líquidos por las mesas de trabajo y el piso.
  • Colocar siempre los residuos y la basura en contenedores y recipientes adecuados.
  • Recoger los frascos de reactivos, materiales y útiles de trabajo al acabar de utilizarlos.
  • Limpiar, organizar y ordenar sobre la marcha, a medida que se realiza el trabajo.
  • Disponer de un lugar en el puesto de trabajo que resulte fácilmente accesible, que se pueda utilizar sin llegar a saturarlo y sin que queden ocultos los útiles y equipos de uso habitual, así como los manuales de instrucciones.
  • Mantener limpio el puesto de trabajo, evitando que se acumule suciedad, polvo o restos de los productos utilizados.
  • Limpiar, guardar y conservar correctamente el material y los equipos después de usarlos, de acuerdo con las instrucciones y los programas de mantenimiento establecidos.
  • Desechar el material de vidrio roto o con fisuras en el contenedor apropiado.
  • En el caso de que se averíe un equipo, informar inmediatamente al supervisor, evitando utilizarlo hasta su completa reparación.
  • Guardar los materiales y productos, en las zonas de almacenamiento habilitadas a tal fin.
1.2 Espacios de trabajo por trabajador
Para que puedan darse unas buenas condiciones de orden y limpieza es necesario también respetar las dimensiones mínimas de los espacios de trabajo, permitiendo a trabajadores realizar sus actividades sin riesgos para su seguridad y salud y en condiciones ergonómicas aceptables. Las dimensiones mínimas que deben reunir tales espacios son las siguientes:
  • Altura desde el suelo hasta el techo: 3 metros.
  • Superficie libre por trabajador: 2 metros cuadrados.
  • Volumen (cubicaje) no ocupado por el trabajador: 10 metros cúbicos.
La separación entre los elementos materiales existentes en el laboratorio deberá ser suficiente para que los trabajadores puedan realizar su labor en condiciones de seguridad, salud y bienestar.
Cuando el espacio libre de que se disponga en el laboratorio no permita a los trabajadores la libertad de movimientos requerida para el desarrollo de su actividad, deberá disponerse de un espacio adicional suficiente en las inmediaciones del puesto de trabajo.
1.3 Temperatura, humedad y ventilación
La exposición de los trabajadores a las condiciones ambientales de los laboratorios en general no debe suponer un riesgo para su seguridad y salud, ni debe ser una fuente de incomodidad o molestia. Deben evitarse:
  • Humedad y temperaturas extremas.
  • Cambios bruscos de temperatura.
  • Corrientes de aire molestas.
  • Olores desagradables.
El aislamiento térmico de los locales donde se hallan ubicados los laboratorios debe adecuarse a las condiciones climáticas propias del lugar.
A modo de resumen, la tabla I muestra las condiciones de temperatura, humedad y ventilación que, de conformidad con lo establecido en la legislación vigente (anexo III del Real Decreto 486/1997, de 14 de abril) deben reunir los laboratorios de biotecnología y de tipo biológico en los que se desarrollan las diferentes actividades que se indicaron en el apartado 1 del presente manual.
Tabla I. Límites de temperatura, humedad y ventilación, según lo establecido en el anexo III del R. D. 486/1997.
CONCEPTO
ACTIVIDADES DESARROLLADAS
LÍMITES
Temperatura

17 - 27 ºC
Humedad relativa

30 - 70 %
Velocidad
del aire
Todos los trabajos llevados a cabo en los laboratorios de biotecnología y de tipo biológico consideradas en el punto 1.
0,25 - 0,50 m/s
Sistemas de aire acondicionado

0,25 m/s
Renovación
del aire

30 m3 por hora y trabajador
Mención especial merece el trabajo con cámaras de climatización y frigoríficas. Aunque, por las características propias del trabajo no sea habitual que los trabajadores permanezcan en su interior durante espacios de tiempo prolongados, es preciso tener en cuenta las siguientes precauciones:
  • Considerando las diferencias de temperatura con el exterior, las personas que deban acceder al interior de dichas cámaras irán provistas de ropa adecuada, especialmente en aquellas cuya temperatura es inferior a 0 ºC.
  • Las puertas de las cámaras de climatización deben disponer de un sistema de cierre que facilite la apertura desde su interior. En ningún caso deberán disponer de cerradura con llave.
  • Es conveniente que en el exterior de dichas cámaras exista una señal luminosa que advierta de la presencia de personas en su interior.
Con independencia de las condiciones de aireación del local, siempre que sea necesario manipular productos que puedan originar emanaciones de sustancias peligrosas u olores desagradables, el trabajo en cuestión se llevará a cabo bajo campana extractora, que deberá ir provista de filtros adecuados y estar sujeta a un programa de mantenimiento preventivo acorde a sus características.
Cuando el trabajo se lleve a cabo en invernaderos y especialmente, cuando se realicen labores de fumigación con plaguicidas, se tendrán en cuenta las siguientes precauciones:
F Precauciones previas a la aplicación:
  • Disponer de la autorización legal correspondiente (carnet de manipulador) en función del tipo de aplicación a realizar.
  • Elegir el producto adecuado y leer atentamente las instrucciones de uso contenidas en la hoja de seguridad, respetando las dosis recomendadas.
  • Extremar las precauciones durante la preparación de la mezcla de los productos a aplicar, ya que se trabaja con principios activos concentrados y revisar todo el equipo, evitando operar con aparatos defectuosos.
F Precauciones durante la aplicación:
  • Llevar siempre el equipo de protección adecuado que se indica en la hoja de seguridad del producto, comenzando por utilizar ropa recién lavada y prendas de protección limpias.
  • No comer, beber ni fumar, ni mantener alimentos o bebidas en la zona de trabajo, ni limpiar las boquillas de aplicación soplando.
  • Aplicar siempre a favor de las corrientes de aire y evitar que las personas no ajenas a la aplicación estén en la zona de trabajo.
  • Lavarse las manos antes de ir a orinar, ya que muchos de estos productos se absorben por las mucosas genitales provocando lesiones.
  • Cuando se realice algún descanso, hacerlo siempre fuera de la zona tratada.
F Precauciones después de la aplicación:
  • Extremar la higiene personal, duchándose y cambiándose de ropa al terminar el trabajo y separar adecuadamente la ropa de trabajo de la de calle, evitando que se mezclen. La ropa contaminada debe guardarse bien cerrada hasta su lavado, que debe hacerse separada del resto.
  • No permanecer ni entrar en la zona tratada hasta, como mínimo, 48 horas después del tratamiento o del tiempo que se especifique en la etiqueta y señalizar el campo tratado para evitar accidentes.
  • Mantener el plaguicida sobrante en su envase original, almacenado en lugar fresco, seguro y ventilado y fuera del alcance de personas que desconozcan sus riesgos.
  • Ante cualquier malestar que se experimente tras haber aplicado un plaguicida (dolores de cabeza, náuseas, mareos, vómitos...) incluso después de 2 ó 3 semanas de la aplicación, acudir inmediatamente al médico.
1.4 Iluminación
La iluminación de los laboratorios debe adaptarse a las características de la actividad que se realiza en ellos, siendo de aplicación lo dispuesto en el anexo IV del antes mencionado Real Decreto 486/1997, teniendo en cuenta:
  • Los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores, dependientes de las condiciones de visibilidad.
  • Las exigencias visuales de las tareas desarrolladas.
Los distintos tipos de iluminación se utilizarán según las circunstancias, es decir:
  • Siempre que sea posible, los laboratorios deben tener preferentemente iluminación natural.
  • La iluminación artificial debe complementar la natural.
  • La iluminación localizada se utilizará en zonas concretas que requieran niveles elevados de iluminación.
Conviene señalar que los requerimientos mínimos de iluminación en estos locales, recogidos en el citado anexo IV del Real Decreto 486/1997, son los siguientes:
Tabla II. Condiciones mínimas de iluminación, según lo establecido en el anexo IV del R. D. 486/1997.
ACTIVIDAD DESARROLLADA
NIVEL MÍNIMO EN LUX
Todos los trabajos llevados a cabo en los laboratorios de biotecnología y de tipo biológico consideradas en el punto 1.
500
Vías de circulación y lugares de paso
50
Estos niveles mínimos deben duplicarse cuando:
  • Existan riesgos apreciables de caídas, choques u otros accidentes en los locales de uso general y en las vías de circulación.
  • Ante la posibilidad de errores de apreciación visual, se generen peligros para el trabajador que ejecuta las tareas o para terceros.
  • Sea muy débil el contraste de luminancias o de color entre el objeto a visualizar y el fondo sobre el que se encuentra.
La distribución de los niveles de iluminación debe ser uniforme, evitando variaciones bruscas de luminancia dentro de la zona de trabajo y entre ésta y sus alrededores. Asimismo, hay que evitar los deslumbramientos:
  • Directos: producidos por la luz solar o por fuentes de luz artificial de alta luminancia.
  • Indirectos: originados por superficies reflectantes situadas en la zona de operación o sus proximidades.
No utilizar fuentes de luz que perjudiquen la percepción de los contrastes, profundidad o distancia entre objetos dentro de la zona de trabajo.
Instalar alumbrado de emergencia de evacuación y de seguridad en los lugares en los que un fallo del alumbrado normal suponga riesgo para la seguridad de los trabajadores. Por último, los sistemas de iluminación utilizados no deben originar riesgos eléctricos, de incendio o de explosión.
1.5 Señalización
En los laboratorios de biotecnología y de tipo biológico, la señalización contribuye a indicar aquellos riesgos que por su naturaleza y características no han podido ser eliminados. Considerando los riesgos más frecuentes en estos lugares de trabajo, las señales a tener en cuenta son:
1.5.1 Señales de advertencia de un peligro
Tienen forma triangular y el pictograma negro sobre fondo amarillo. Las que con mayor frecuencia se utilizan son:
  • Riesgo eléctrico. Esta señal debe situarse en todos los armarios y cuadros eléctricos del laboratorio.
  • Materias tóxicas. En aquellos laboratorios en los que se manipulen sustancias clasificadas como muy tóxicas, tóxicas, cancerígenas o mutágenas, tales como la colchicina o la azida sódica, se colocará la señal indicada en los lugares donde se guarden tales sustancias.
  • Materiales inflamables. Siempre que se manipule este tipo de materiales, se utilizará la señal indicada a continuación.
  • Baja temperatura. Esta señal deberá situarse a la entrada de las cámaras de climatización y frigoríficas que trabajen a temperaturas bajas.
  • Riesgo biológico. En cumplimiento de lo dispuesto en el anexo III del Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, se colocará esta señal en todos los laboratorios en los que se manipulen agentes biológicos de los grupos 2, 3 ó 4.
  • Riesgo de radiaciones ionizantes. En los laboratorios en que manipulen isótopos radiactivos, se utilizará la señal indicada.
1.5.2 Señales de prohibición
De forma redonda con pictograma negro sobre fondo blanco. Presentan el borde del contorno y una banda transversal descendente de izquierda a derecha de color rojo, formando ésta con la horizontal un ángulo de 45º.
  • Prohibición de fumar y de encender fuego. Siempre que en el laboratorio se utilicen materiales inflamables deberá emplazarse la señal que indica expresamente la citada prohibición.
1.5.3 Señales de obligación
Son también de forma redonda. Presentan el pictograma blanco sobre fondo azul. Atendiendo al tipo de riesgo que tratan de proteger, cabe señalar como más frecuentes en estos lugares de trabajo, las siguientes:
  • Protección obligatoria de la cara. Se utilizará siempre y cuando exista riesgo de salpicaduras a la cara y los ojos, como consecuencia de la manipulación de productos corrosivos o irritantes.
  • Protección obligatoria de vías respiratorias. Esta señal se colocará en aquellas áreas de trabajo donde se manipulen productos tóxicos o nocivos susceptibles de ser inhalados, sin perjuicio de que deban ser manipulados bajo campana extractora, siempre que sea posible.
  • Protección obligatoria de las manos. Esta señal debe exhibirse en aquellos lugares de trabajo donde se manipulen productos corrosivos, irritantes, sensibilizantes por contacto cutáneo o tóxicos y nocivos, con posibilidad de ser absorbidos por la piel.
1.5.4 Señales relativas a los equipos de lucha contra incendios
Son de forma rectangular o cuadrada. Presentan el pictograma blanco sobre fondo rojo. Las más frecuentes en los laboratorios son las que indican el emplazamiento de extintores y de mangueras para incendios, es decir:
1.5.5 Otras señales
En función de las características del local y teniendo en cuenta sus riesgos específicos, los laboratorios de biotecnología y de tipo biológico deben exhibir aquellas señales que avisen de la existencia de tales riesgos.
Conviene recordar también la obligatoriedad de señalizar las salidas de emergencia y elementos de primeros auxilios (botiquín, duchas de emergencia, lavaojos, etc.).
Por último, otra señalización no menos importante es aquella que permite identificar las tuberías por el color con que están pintadas, en función del fluido por ellas transportado, a saber:
FLUIDO TRANSPORTADO
COLOR DE IDENTIFICACIÓN
Agua Verde
Aire Azul
Gas Amarillo
Vacío Gris

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